PRTOCOLO DE VIOLENCIA DISTRITO SANITARIO SEVILLA 2015


INTRODUCCIÓN
La atención sanitaria a mujeres víctimas de malos tratos está contemplada en
nuestra cartera de servicios:
• Captación de pacientes
• Identificación como pacientes de riesgo social
• Valoración de forma integral: Personal Sanitario /Trabajador Social.
Si se produce una agresión y es detectada por el personal del Centro o
manifestada por la propia afectada, se debe poner en marcha el “Plan de
Actuación” donde se activen todos los recursos existentes para realizar la
atención integral correspondiente.
Con este documento se pretende recordar a los profesionales sanitarios,
responsables de la atención prestada a las mujeres afectadas por la violencia de
género, los indicadores de situación de maltrato, la actitud de la mujer ante esta
situación y la repercusión que tiene la cumplimentación de forma correcta del
parte al juez y su adecuada tramitación.
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INDICADORES QUE PUEDEN ALERTAR DE SITUACIONES DE
MALOS TRATOS EN LA MUJER
o La asistencia más frecuente de lo habitual a consulta por caídas o golpes
fortuitos. La revisión del historial médico revela que la paciente presenta
repetidas lesiones accidentales.
o La existencia de lesiones localizadas en cara, cuello, tórax y abdomen.
o La existencia de hematomas en diferente estadio evolutivo.
o La fractura de huesos nasales, mandíbulas y dientes.
o La presencia de laceraciones y quemaduras.
o Corte en el lóbulo de la oreja, puede ser por arrancar el pendiente.
o La existencia de contusiones inexplicadas.
o La presencia múltiple de lesiones agudas con secuelas de lesiones más
antiguas.
o Una diferencia substancial entre el tiempo estimado de la lesión y el
momento en que se acude a la consulta.
o La presencia de sentimiento de miedo, vergüenza y/o culpa, acompañados
de mirada huidiza y/o explicaciones vagas y contradictorias.
o Accidentes y lesiones durante el embarazo. A menudo la violencia
doméstica puede comenzar durante el primer embarazo. Las lesiones más
frecuentes se presentan en pecho y abdomen. También son frecuentes en
este caso los abortos, los partos prematuros o el nacimiento de bebés con
poco peso.
o Actitud de la Mujer:
• Pacientes que presentan lesiones en áreas ocultas
por la ropa.
• Pérdida permanente de la capacidad laboral.
• Presenta cuadros de ansiedad, depresión, insomnio,
trastornos alimenticios.
• Presenta síntomas somáticos múltiples: cefaleas,
palpitaciones, trastornos gastrointestinales,...
• Acude con frecuencia a la consulta con síntomas
físicos para los que no puede aportar explicaciones.
• La paciente admite que fue sometida a abusos en el
pasado.
• Relata antecedentes con enfermedad psiquiátrica, o
de dependencia del alcohol y/o de las drogas en su
pareja.
• Presenta antecedentes de tentativa de suicidio.
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CONVIENE RECORDAR
• El papel de los profesionales sanitarios es fundamental para que la
denuncia de la mujer sea efectiva en el abordaje del problema de la
violencia contra la Mujer.
• Según la Ley de enjuiciamiento Criminal, Art. 262: aquellos que por
su profesión, cargo u oficio tuviesen conocimiento de que se ha
cometido un delito, tienen la obligación de comunicarlo a la
autoridad judicial.
• Según la misma Ley, Art. 355: el médico que atiende a la persona
debe ponerlo en conocimiento del Juzgado de Guardia.
• Es fundamental que se realice por parte del Facultativo la correcta
recogida y descripción de las lesiones físicas (localización,
características, dimensiones, tipo exacto, distribución,...) y psíquicas
que presenta la mujer.
PARTE JUDICIAL. MOD. P.016
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PARTE DEL LESIONES.
Es el documento oficial en el que los profesionales sanitarios comunican a la
autoridad competente, cualquier alteración dañosa producida a la persona por
causa externa o enfermedad. Se cumplimentará con letra legible y con la
identificación del facultativo. Tener en cuenta que actualmente solo existe un
MODELO UNICO para la realización de PARTES AL JUZGADO, por lo que en este
caso hay que señalar y poner una cruz en VIOLENCIA DE GÉNERO, cuando se
ejerce violencia contra las mujeres.
Deberá incluir:
• El origen, naturaleza de las lesiones y descripción de éstas.
• El autor de las lesiones si es posible identificar.
• Valoración del estado emocional.
• Pruebas complementarias.
• Tratamiento aplicado.
• Avance de un pronóstico.
• Si la mujer precisó o no ingreso hospitalario.
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PLAN DE ACTUACIÓN
1. La atención sanitaria ha de ser inmediata , si la agresión así lo requiere.
2. Se debe ir hacia una gestión ágil de todos los recursos sociales
disponibles a través de la Trabajadora Social de referencia del Centro
de Salud, siguiendo las pautas establecidas en el Procedimiento de
coordinación elaborado por la Junta de Andalucía para la atención a las
víctimas de violencia.
3. Facilitar el trámite burocrático de toda la documentación Legal si la
hubiese.
4. Se debe informar a la Mujer sobre su derecho a denunciar la agresión a
la Policía, Guardia Civil o Juez en el caso de que no lo haya efectuado.
5. Si fuera necesario se le facilitará información de la opción de poder
llamar al teléfono 900200999 del Instituto Andaluz de la Mujer para
asesoramiento e información sobre los Centros de Acogida de
Emergencia.
6. La T. Social realizará el seguimiento del caso en todo el proceso, en
coordinación con los Puntos de Información a la Mujer (PIM) de la
Delegación de Igualdad y con los Servicios Sociales si procede.
7. Se remitirá siempre que ella lo acepte al Punto de Información a la
Mujer (PIM), de referencia, para su asesoramiento, apoyo y
seguimiento si es necesario.
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PROTOCOLO ACTUACION SANITARIA CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO
TELEFONOS DE INTERES PARA FACILITAR A LA MUJER
• INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
C/ Doña María Coronel, 6
954544910
• CENTRO PROVINCIAL DE LA MUJER
C/Alfonso XII, 52
955034944
• TELÉFONO DE EMERGENCIA NACIONAL.
TELÉFONO ÚNICO 016
• SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN TELEFÓNICA
900200999
• FISCALÍA DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
Av. Buhaira, 29
954787917/18
• SAVA (Servicio Atención Víctimas de Andalucía)
• Palacio de Justicia Sevilla. Prado S. Sebastián, s/n
955005010/12
• Juzgados de Violencia sobre la Mujer
Avda. la Buhaira, 31, 1ª planta
954787919 (391919)
• POLICIA NACIONA: SAF (Servicio Atención Familias)
954289306/091
• GUARDIA CIVIL: EMUME (Servicio Atención Mujer y Menor)
954939700/18 062
• POLICIA LOCAL: GRUPO DIANA (Violencia contra las Mujeres)
955473980/81/625150636
112 (Preguntar por Grupo Diana)
• DELEGACIÓN DE LA MUJER. AYUNTAMIENTO SEVILLA
Av. Málaga, 12, 3ª planta
955472624
• COMISIONADO PARA LA INVESTIGACION MALOS TRATOS MUJER
Pza. Encarnación, 23, 2º A
954563343
• AMUVI (Asoc. Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales)
C/ León XIII, 3, local B
954905649 954903146
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PUNTO DE INFORMACIÓN A LA MUJER (PIM) DE
REFERENCIA POR CENTRO DE SALUD
PUNTO DE INFORMACION CENTROS DE SALUD
Casco Antiguo
C/ Leonor Dávalos, 15
T. 955472393
Marqués de Paradas
San Luís
Macarena - Macarena Norte
Hogar Virgen de los Reyes
C/ Fray Isidoro de Sevilla, 1, módulo
118
T. 955472317
El Alamillo—San Jerónimo
Polígono Norte
Pino Montano A
Pino Montano B
Cisneo alto
Ronda Histórica
Esperanza Macarena
Triana – Los Remedios
Pza. Monte Piropo, s/n, 2º
T. 955473626
Amante Laffon
El Cachorro
Virgen de África
Nervión – San Pablo
Centro Cívico La Ranilla
C/ Mariano Benlliure, s/n
T. 955474476
El Greco
San Pablo
Ronda Histórica
Mallén– Huerta del Rey
Las Palmeritas
Cerro – Amate, Este – Alcosa, Torreblanca
Pza. Los Luceros, 9-B, bj.
T. 955471393
Alcosa “Mercedes Navarro”- Valdezorras
Compostela “Mª Fuensanta Pérez Quirós”
Puerta Este “Dr. Pedro Vallina”
El Cerro del Águila
La Candelaria
Amate
La Plata- Palmete
Torreblanca
Sur, Bellavista – La Palmera
C/ Jorge Guillén, s/n
T. 955473403
Bellavista—Los Bermejales
Las Letanías- Polígono Sur
El Juncal
El Porvenir
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RELACION DE LEYES QUE AFECTAN A LOS FACULTATIVOS
• Obligatoriedad de denunciar y dar parte a la autoridad
# Art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento criminal: los que por razón de
su profesión, cargo u oficio tuvieren noticia de algún delito están
obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, Juez o
Instructor.
# Art. 575 del Código Penal (obligatoriedad de dar parte…)
• Obligación de informar a la mujer.
# Art. 10 de la Ley General de Sanidad (derechos del enfermo/a)
# Art. 6 de la Ley de Salud de Andalucía (Derechos de los
Ciudadanos)
• Toma de muestras
# Orden de 8 de noviembre de 1996 por la que se aprueban las
normas para la preparación y remisión de muestras objeto de
análisis por el Instituto Nacional de Toxicología.
• Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección
Integran contra la violencia de Género. BOE nº 313 de 29 diciembre 2004.
INSTRUCCIONES DE REGULACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
GENERADA
- Se debe rellenar el Informe de Parte Judicial. Mod. P.016, marcando el
apartado de lesiones presuntamente producidas por VIOLENCIA DE
GÉNERO.
- El Centro de Salud procederá de la siguiente manera:
1. El parte Judicial lo enviará directamente en sobre cerrado y
confidencial, acompañado de una carta firmada por el Director del
Centro de Salud al:
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE GUARDIA Nº1 ó 1 BIS
VIOLENCIA DE GENERO.- SEVILLA
2. Al Distrito remitirá la copia del Parte al Juzgado para la Administración
en sobre cerrado y confidencial, con Nota Interior firmada por el
Director del Centro de Salud.
3. El Centro de Salud será responsable del archivo y custodia de las copias
correspondientes al Centro de Salud del parte al juzgado.
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